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Prórroga de prohibición de despidos y suspensiones

A través del DNU 413/2021 el Gobierno Nacional prorrogó la prohibición de despidos sin justa causa y suspensiones por las causales falta o disminución de trabajo y fuerza mayor hasta el 31 de Diciembre de 2021.

Es decir que los despidos y suspensiones que se produzcan en contraposición a lo establecido por este decreto no tendrán ningún efecto y se mantendrá vigente la relación laboral.

Quedan exceptuados de la norma aquellas suspensiones que llevan a cabo en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Asimismo es importante tener en cuenta que las prohibiciones establecidas en el presente decreto no son aplicables: 1) A los contratos de trabajo celebrados con posterioridad al decreto 34/19, es decir al 13 de Diciembre de 2019, 2) al personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional definido en el art. 8 de la ley 24.156 y 3) a quienes se encuentren comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la ley 22.250.